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El proceso en la corte en un caso de CPS en Virginia

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Author: Valerie L'Herrou

Si alguien reporta que su hijo podría estar sufriendo abuso o negligencia, Servicios de Protección Infantil (CPS) actuará. Servicios de Protección Infantil (CPS) es parte de su Departamento de Servicios Sociales (DSS) local. 

Si CPS cree que su hijo sufrió abuso o negligencia, puede pedir que una corte intervenga. Esto se llama un caso de dependencia infantil. Ocurre en la Corte de Distrito de Menores y Relaciones Domésticas, también llamada Corte JDR por sus siglas en inglés. Estos casos pueden avanzar rápido y lo que está en juego es muy importante. 

Si enfrenta un caso de CPS en la corte, comuníquese con un abogado lo antes posible. Ayuda legal gratuita: 

¿Recibo un abogado gratuito en un caso de CPS? 

Sí. Usted tiene derecho a un abogado designado por la corte para la mayoría de las audiencias en un caso de CPS. La corte designará a este abogado sin costo para usted. 

Comuníquese con su abogado de inmediato después de que se lo asignen. No espere hasta la fecha de audiencia. Comparta todo sobre su situación, su hijo y su familia. Cuanto más sepa su abogado, mejor podrá ayudarle. 

Para obtener información sobre cómo trabajar con su abogado designado por la corte y qué hacer si no responde, lea: Cómo trabajar con su abogado designado por la corte en un caso de CPS

¿Cuáles son las diferentes audiencias en la corte? 

Hay varios tipos de audiencias en un caso de CPS. Ocurren en un orden específico. Esto es lo que puede esperar en cada una. 

La audiencia preliminar 

Esta es su primera audiencia en la corte después de que CPS se involucra. Por lo general, ocurre dentro de unos pocos días. Esta es su primera oportunidad de contar su versión de los hechos y pedir que su hijo vuelva a su vivienda. Tómela en serio. 

Qué se decide realmente en la audiencia preliminar 

Esta audiencia trata de una sola pregunta específica: ¿necesita su hijo ser retirado de su vivienda ahora mismo? No se trata de decidir si ocurrió abuso o negligencia. Esa pregunta viene después. 

Esto es importante. Si CPS se involucró por una situación específica que ya cambió, usted puede argumentar que ya no hay un riesgo inmediato. DSS tiene que probar que el retiro es necesario. Usted tiene derecho a cuestionarlo y presentar sus propias pruebas. 

Lo más importante que debe hacer en esta audiencia preliminar 

Pida una audiencia adjudicatoria. Piense en una audiencia adjudicatoria como un juicio. Es su oportunidad de cuestionar las alegaciones de abuso o negligencia en su contra. La corte no programará una automáticamente. Usted tiene que pedirla. 

Pídala antes de que el juez tome cualquier decisión. Si pide una audiencia adjudicatoria, la corte debe programarla. Si pierde esta oportunidad, el juez puede decidir en ese mismo momento que ocurrió abuso o negligencia. Eso se salta un paso crítico en su caso. 

Cómo prepararse para la audiencia preliminar 

Tal vez solo tenga unos pocos días. Trate de hacer lo siguiente: 

  • Comuníquese con su abogado de inmediato. Comparta su versión de los hechos, sus pruebas y lo que quiere que pase.
  • Reúna testigos o registros que cuestionen las alegaciones en su contra.
  • Reúna cualquier cosa que muestre lo que ha estado haciendo por su hijo y su familia.
  • Piense en alternativas al retiro que podría ofrecerle al juez, como aceptar visitas de seguimiento regulares o que un familiar de confianza se quede con usted temporalmente. 

Qué pedirle al juez 

En la audiencia, puede pedirle al juez que: 

  • Envíe a su hijo de vuelta a casa con usted, con o sin condiciones.
  • Deje a su hijo al cuidado de un familiar específico o de un amigo de la familia de confianza, si no puede volver de inmediato.
  • Establezca un horario específico de visitas, como dos veces por semana, con las condiciones menos restrictivas posibles. Por ejemplo, visitas supervisadas por un familiar en vez de una agencia, o en su vivienda en vez de una oficina.
  • Ordene a DSS que proporcione tipos específicos de ayuda o servicios.
  • Escriba todas las órdenes con detalles específicos, en vez de dejar las decisiones a discreción de DSS. 

Asegúrese de decir claramente en la corte que quiere una audiencia adjudicatoria. También diga que se opone a que se haga cualquier determinación de abuso o negligencia en esta etapa tan temprana. 

Qué pedirá CPS 

CPS puede pedirle al juez que: 

  • Decida que la vida o la salud de su hijo está en riesgo inmediato en su vivienda.
  • Dé la custodia temporal al otro padre, a un familiar o a un amigo de la familia.
  • Ponga a su hijo en cuidado tutelar. Esto significa que su hijo queda bajo la custodia de DSS y se lo coloca en una vivienda aprobada. Esa vivienda podría ser la de un familiar, un amigo de la familia o alguien que su familia no conoce.
  • Emita una orden de protección infantil con condiciones y servicios que debe completar. 

Qué decidirá la corte 

La corte puede permitir que su hijo se quede con usted con o sin condiciones, dar la custodia al otro padre o a un familiar, o colocar a su hijo en cuidado tutelar. 

La corte también debe establecer un horario de visitas. Pida algo específico, como dos veces por semana. Pida el arreglo menos restrictivo que el juez considere seguro, como visitas supervisadas por un familiar en vez de una agencia, en su casa en vez de una oficina, o sin supervisión si es posible. 

Adjudicación (el juicio) 

La adjudicación es cuando el juez decide si las alegaciones de abuso o negligencia en su contra son ciertas. CPS tiene que demostrar que es más probable que las alegaciones sean ciertas a que no lo sean. Este estándar es más bajo que en la corte penal, pero aun así tienen que presentar pruebas. 

Su abogado debe reunir pruebas y preparar testigos antes de esta audiencia. Cuanto antes comparta información con su abogado, más podrá hacer con esa información. Entréguele todo lo relevante lo antes posible. 

Dicho eso, si su abogado no ha respondido, no se presente con las manos vacías. Lleve sus propias copias de cualquier cosa que ayude a su caso, y lleve cualquier testigo que esté dispuesto a hablar por usted. Algunas cosas útiles que puede tener incluyen: 

  • Testigos o registros que cuestionen las alegaciones en su contra.
  • Pruebas de lo que ha estado haciendo por su hijo todo este tiempo, especialmente si se relaciona con los problemas específicos que DSS menciona sobre usted. Por ejemplo, registros escolares, registros de citas médicas, prueba de arreglos de cuidado infantil o registros que muestren que su hijo ya recibía apoyo, como terapia.
  • Su respuesta a las preocupaciones específicas de CPS, si las hay. Por ejemplo, registros que muestren que buscó consejería, un programa de apoyo u otros servicios. 

Audiencia de disposición 

Si la corte decide a favor de CPS en la adjudicación, habrá una audiencia de disposición. En esta audiencia, el juez decide qué pasa después, como qué servicios debe completar, dónde vivirá su hijo y qué condiciones aplican. 

En la audiencia de disposición, la corte puede: 

  • Permitir que su hijo se quede con usted, con o sin condiciones.
  • Si no hay una alternativa menos drástica, dar la custodia de su hijo al otro padre, a un familiar o a un adulto cercano a la familia, es decir, no tiene que ser pariente de sangre. El término es pariente ficticio (“fictive kin”, en inglés).
  • Colocar a su hijo en cuidado tutelar si se hicieron esfuerzos razonables para reunir a la familia, pero el riesgo para la seguridad continúa. 

¿Quién está en la sala de la corte? 

En una audiencia típica, puede ver a: 

  • El juez.
  • Usted y su abogado.
  • El otro padre y su abogado.
  • CPS y su abogado.
  • Un tutor ad litem, también llamado GAL, por sus siglas en inglés. Este es un abogado designado por la corte para representar lo que más le conviene a su hijo. Si tiene varios hijos en situaciones diferentes, puede haber más de un GAL.
  • A veces, un Defensor especial designado por la corte (CASA, por sus siglas en inglés). Esta es una persona voluntaria capacitada que se reúne con usted, su hijo y otras personas, y luego le dice a la corte qué cree que es lo mejor para el menor.
  • Familiares adultos o testigos. 

El GAL y el CASA tal vez quieran hacerle preguntas, visitar su casa o revisar registros relacionados con su caso. Tienen autoridad para reunirse con su hijo y acceder a la información de su hijo. Antes de hablar con ellos o compartir cualquier cosa, hable con su abogado. Su abogado también puede comunicarse con ellos en su nombre. 

¿Qué debo compartir con mi abogado? 

Comparta todo lo relevante con su abogado. Cuanta más información tenga, mejor podrá representarle. 

Documentos que pueden ayudar: 

  • Cualquier cosa que CPS le haya dado.
  • Registros de terapia u otros servicios que usted o su hijo recibieron.
  • Certificados por completar clases o servicios ordenados por la corte.
  • Pruebas toxicológicas.
  • Informes escolares y registros médicos.
  • Documentos que muestran cómo mantiene a su familia, como talones de pago, registros de asistencia pública o vales de vivienda. 

Otra información que puede ayudar: 

  • Nombres e información de contacto de cualquier persona que pueda hablar sobre cómo usted cuida a su hijo o que tenga información relevante. Esto incluye familiares, amigos, maestros, personal escolar, pediatras, terapeutas, mentores para padres, supervisores de visitas y administradores de propiedades. Pregúntele a su abogado si ayudaría que esas personas hablaran directamente con él.
  • Registros que muestren que usted se mantiene en contacto frecuente con su hijo. Por ejemplo, recibos de transporte para las visitas, mensajes entre usted y CPS o una agencia de visitas, o capturas de pantalla de llamadas con su hijo. 

Su abogado puede pedirle que firme una autorización para divulgar información. Esto le permite obtener registros de sus proveedores de servicios y preparar su caso. Su abogado debe mantener esa información confidencial y solo puede usarla para apoyar sus objetivos. Si tiene preguntas sobre firmar, pregúntele a su abogado.

¿Qué puede ordenar la corte? 

La corte tiene amplio poder, incluyendo autoridad para ordenar: 

  • Dónde vive su hijo.
  • Con qué frecuencia y de qué manera puede visitar a su hijo.
  • Qué debe hacer DSS para ayudar a su familia, incluyendo si necesita hacer más.
  • Servicios como clases para padres o tratamiento por consumo de sustancias.
  • Reglas sobre con quién puede estar su hijo. 

Usted también tiene derecho a pedirle cosas a la corte. Puede pedir servicios o acciones que cree que ayudarían a su familia, y puede decirle a la corte qué cree que DSS debe o no debe hacer.

¿Cómo apelo la decisión de la corte? 

Si no está de acuerdo con la decisión del juez, puede apelar ante la Corte de Circuito, que es el siguiente nivel después de la Corte JDR. 

Solo puede apelar una orden final. Revise su orden para ver si el juez la marcó como final o apelable. Pero aunque no lo diga, tal vez todavía se pueda apelar. Hable con su abogado si tiene dudas. 

Debe presentar una Notificación de apelación en la secretaría de la Corte JDR dentro de los 10 días después de la orden. Hable con su abogado de inmediato si quiere apelar. Si su abogado no responde, puede presentar la Notificación de apelación por su cuenta. Hay muy poco riesgo en presentarla temprano. Hay mucho riesgo en dejar pasar la fecha límite. Siempre puede decidir más adelante no seguir adelante con la apelación, pero no puede recuperar esos 10 días. 

¿Qué pasa si DSS quiere terminar mis derechos parentales? 

Si su hijo ha estado en cuidado tutelar por un año o más, DSS puede intentar terminar sus derechos parentales. Esto significaría que usted ya no sería el padre o la madre legal de su hijo. Solo puede ocurrir por medio de la corte. El plazo puede variar según su situación. 

Si la corte ha ordenado un plan de cuidado tutelar, sígalo lo más de cerca que pueda. Si DSS le pide que haga algo y no entiende por qué, o no está de acuerdo, hable con su abogado de inmediato. Si algo está fuera de su control, como una larga lista de espera para un programa requerido, su abogado tal vez pueda argumentar eso en su nombre. 

DSS no siempre gana los casos de terminación de derechos. El estándar de prueba es más alto que en el caso original. No se rinda ni deje de comunicarse. Por ejemplo, es posible que DSS no tenga éxito si no hizo esfuerzos razonables para apoyar a su familia o no consideró colocar a su hijo con un familiar. Su abogado puede explicarle sus opciones. 

Incluso si terminan sus derechos parentales, puede apelar. También podría obtener un Acuerdo de contacto posterior a la adopción, que le permite a usted y a su hijo mantenerse en contacto después de la adopción. Este acuerdo debe crearse antes de que terminen sus derechos. 

¿Dónde puedo encontrar ayuda legal?