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Cómo apelar una orden de manutención infantil en Virginia

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Author: Valerie L'Herrou

Si no está de acuerdo con una orden de manutención infantil, puede apelarla. Pero el plazo es muy corto. Debe actuar dentro de 10 días. La forma de apelar depende de dónde proviene la orden. 

Apelar una orden de la DCSE 

La División de Cumplimiento de Manutención Infantil, conocida como la DCSE, puede emitir una orden de manutención por su cuenta sin pasar por la corte. Esto se llama orden administrativa de manutención, o ASO. 

  1. Si la DCSE emite una ASO, usted tiene 10 días desde la fecha en que se le entregó formalmente para oponerse por escrito.
  2. Un oficial administrativo realizará una audiencia.
  3. Si no está conforme con el resultado de esa audiencia, tiene 10 días para presentar una apelación ante la Corte JDR. 

Apelar una orden de la Corte JDR 

Si un juez de la Corte de Menores y Relaciones Domésticas (Corte JDR) emitió su orden, puede apelar ante la Corte de Circuito. Debe presentar la apelación dentro de los 10 días posteriores a la fecha de la orden de la corte. 

Una apelación ante la Corte de Circuito supone una audiencia completamente nueva, llamada “juicio nuevo” (Trial de Novo, en inglés). El caso empezará de nuevo, como si la primera audiencia nunca hubiera ocurrido. 

Algo importante que debe entender: una apelación no garantiza un mejor resultado. El juez nuevo podría ordenar el mismo monto, o incluso uno más alto. 

Hable con un abogado antes de decidir si va a apelar. 

¿Qué pasa si simplemente no estoy de acuerdo con el monto? 

Si su situación ha cambiado desde que se emitió la orden, apelar tal vez no sea la mejor opción. En cambio, tal vez le convenga presentar una moción para modificar para cambiar la orden a partir de ahora. 

Más información: Cómo cambiar su orden de manutención infantil en Virginia 

¿Qué pasa si se me pasó el plazo de 10 días? 

Si se le pasa el plazo, usted pierde el derecho a apelar esa orden. La orden sigue vigente. 

No puede apelar una vez que haya vencido el plazo. Si sus circunstancias cambian significativamente más adelante, puede presentar una petición para cambiar la orden en ese momento. 

¿Una apelación afecta el monto que ya debe? 

No. Apelar no elimina la manutención no pagada. La manutención atrasada, llamada “atrasos”, no se puede reducir ni eliminar, ni siquiera en bancarrota. 

Más información: Qué pasa cuando no se paga la manutención infantil 

Plazos importantes 

El plazo para apelar es de 10 días en todos los casos. Usted tiene:  

  • 10 días para oponerse por escrito a una orden de la DCSE desde la fecha en que se le entregó formalmente
  • 10 días para presentar una apelación ante la Corte JDR de una decisión de audiencia de la DCSE
  • 10 días para apelar una orden de la Corte JDR ante la Corte de Circuito 

Estos plazos son estrictos. Si desea apelar, hágalo de inmediato. No necesita un abogado para apelar, pero puede ayudarle. Si decide trabajar con uno, comuníquese con un abogado de inmediato. Presente la apelación primero para no perder el plazo. 

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